SIRE 2027: SUNAT amplía el plazo para regularizar registros electrónicos

Los contribuyentes que tengan determinados incumplimientos relacionados con el RVIE y RCE mediante el SIRE cuentan con un plazo adicional para regularizar su situación. Conoce qué establece SUNAT y qué deben hacer los contadores.

La SUNAT ha ampliado la aplicación de su facultad discrecional para no sancionar determinadas infracciones relacionadas con el llevado del Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE) mediante el SIRE.

La medida está establecida mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000041-2026-SUNAT/700000, publicada el 30 de agosto de 2026. (CPE SUNAT)

📅 ¿Hasta cuándo se puede regularizar el SIRE?

La fecha que los contadores deben tener presente es:

🚨 28 DE FEBRERO DE 2027

Hasta esta fecha se amplía el plazo para subsanar la generación de los registros electrónicos y realizar los ajustes correspondientes en el SIRE, dentro de los supuestos establecidos por SUNAT.

La medida comprende determinadas infracciones configuradas durante los períodos:

  • Agosto 2026
  • Setiembre 2026
  • Octubre 2026
  • Noviembre 2026
  • Diciembre 2026
  • Enero 2027


⚠️ ¿Esto significa que SUNAT elimina las multas?

No.

Este punto es fundamental.

La disposición no constituye una eliminación general de las sanciones relacionadas con el SIRE.

Lo que SUNAT ha ampliado es la aplicación de su facultad discrecional para no sancionar determinadas infracciones, siempre que se cumplan los supuestos y condiciones establecidos en la resolución.

Por ello, no debemos comunicar que:

❌ “SUNAT perdonó todas las multas del SIRE”.

Lo correcto es:

SUNAT amplió la facultad discrecional respecto de determinadas infracciones y otorgó hasta el 28 de febrero de 2027 para realizar las subsanaciones y ajustes comprendidos en la medida.


¿Qué registros están involucrados?

La medida está relacionada con los dos componentes principales del SIRE:

🧾 RVIE

Registro de Ventas e Ingresos Electrónico

🛒 RCE

Registro de Compras Electrónico

El SIRE permite llevar estos registros utilizando la información disponible en SUNAT, pero el contribuyente debe revisar y gestionar correctamente la información antes de dar por concluido el registro.


🔎 ¿Qué debería revisar el contador?

Si tienes clientes que utilizan SIRE, este es un buen momento para realizar una auditoría interna de los registros electrónicos.

1. Revisar períodos pendientes

Identifica si existen períodos en los que no se generó correctamente el RVIE o RCE.

2. Revisar anotaciones extemporáneas

Verifica si existen operaciones registradas fuera del plazo correspondiente.

3. Revisar las propuestas de SUNAT

No debemos asumir que toda la información propuesta por SUNAT es automáticamente correcta.

El contador debe analizarla y determinar qué corresponde registrar.

4. Detectar diferencias

Realiza una conciliación entre:

Comprobantes electrónicos → SIRE → Contabilidad → Declaración mensual

Las diferencias encontradas deben ser analizadas y, cuando corresponda, corregidas mediante los mecanismos disponibles en el SIRE.

5. Realizar los ajustes

Si existen operaciones que requieren modificación, complementación o ajuste, estos deben efectuarse oportunamente.


🚨 ¿Debo esperar hasta febrero de 2027?

No es recomendable.

Que SUNAT haya otorgado plazo hasta el 28 de febrero de 2027 no significa que debamos esperar hasta esa fecha.

Mientras antes se detecten los errores, más tiempo tendrá el contador para:

  • Revisar la información.
  • Identificar inconsistencias.
  • Realizar ajustes.
  • Coordinar con el cliente.
  • Sustentar las operaciones.
  • Verificar que la regularización se haya realizado correctamente.

📌 ¿Qué períodos debo revisar?

Como parte de esta medida, presta especial atención a:

Período¿Revisar?
Agosto 2026
Setiembre 2026
Octubre 2026
Noviembre 2026
Diciembre 2026
Enero 2027

Estos son los períodos señalados por SUNAT para las infracciones comprendidas en la ampliación.


🎯 Conclusión

La SUNAT ha ampliado hasta el 28 de febrero de 2027 el plazo para subsanar la generación de determinados registros electrónicos y realizar los ajustes correspondientes en el SIRE.

La medida comprende determinadas infracciones relacionadas con el RVIE y RCE correspondientes a los períodos de agosto de 2026 a enero de 2027.

Sin embargo, no se trata de una amnistía general ni de una eliminación de todas las multas. La facultad discrecional se aplica únicamente a los supuestos establecidos por SUNAT.

📌 Contador:

No esperes al 28 de febrero de 2027.

Revisa desde ahora los registros de tus clientes, identifica inconsistencias y realiza oportunamente las regularizaciones que correspondan.


📖 Base legal

Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000041-2026-SUNAT/700000, publicada el 30 de agosto de 2026. (El Peruano)

La resolución amplía la facultad discrecional relacionada con determinadas infracciones de los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario vinculadas al llevado electrónico de libros y registros. (Renta 2019)

Fuente oficial: SUNAT – Normas Legales | SUNAT – Facultad discrecional | Resolución en El Peruano

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