El 28 de septiembre de 2024 se publicó el Decreto Legislativo N.° 1669, que introduce cambios significativos a la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) y a la Ley N.° 29215, orientados a fortalecer los mecanismos de control y fiscalización tributaria. Si bien el propósito oficial de esta reforma es facilitar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el Registro de Compras mediante el uso de herramientas tecnológicas y comprobantes electrónicos, en la práctica, el DL establece nuevas restricciones que afectan directamente los plazos y condiciones para ejercer el derecho al crédito fiscal.
Cambios Específicos en los Plazos de Registro
- Comprobantes electrónicos:
Los comprobantes emitidos a través del Sistema de Emisión Electrónica deben ser registrados en el Registro de Compras del mes correspondiente a su emisión o al pago del impuesto. - Comprobantes físicos:
Aquellos comprobantes que no sean electrónicos cuentan con un plazo reducido de dos meses desde la fecha de emisión o del pago del impuesto para ser anotados en el Registro de Compras. - Comprobantes sujetos al Sistema de Detracciones (SPOT):
- Estos comprobantes tienen un plazo máximo de tres meses para ser registrados en el Registro de Compras.
- Para ejercer el derecho al crédito fiscal, el depósito de la detracción debe realizarse a más tardar el quinto día hábil del mes de vencimiento de la declaración del periodo correspondiente.
- Si el depósito no se efectúa dentro de este plazo, el crédito fiscal se podrá ejercer solo en el periodo en que se regularice la detracción, requiriendo ajustes en la anotación.
- Pérdida del crédito fiscal por registro fuera de plazo:
- Los comprobantes anotados después de los plazos establecidos no otorgarán derecho al crédito fiscal.
- Sin embargo, se permite recuperar este derecho si la anotación se realiza antes de que la SUNAT solicite la exhibición del Registro de Compras.
Disposiciones Transitorias y Vigencia
La norma entrará en vigor una vez que la SUNAT publique la resolución de superintendencia que establezca los medios y requisitos para confirmar, rectificar o complementar la información del Registro de Compras y Ventas.
Para comprobantes emitidos antes de la entrada en vigor del DL N.° 1669, se aplican las disposiciones anteriores a su emisión.
Impactos y Desafíos para los Contribuyentes
Revisión y ajustes frecuentes:
En casos de detracciones no realizadas en el plazo indicado, las empresas deberán ajustar periódicamente su contabilidad, lo que puede generar sobrecarga operativa.
Mayor presión administrativa:
La reducción de plazos para registrar comprobantes obliga a las empresas a agilizar sus procesos internos y optimizar su gestión documental, especialmente en operaciones complejas o de alto volumen.
Riesgo de pérdida del crédito fiscal:
La rigidez en los nuevos plazos incrementa el riesgo de perder beneficios tributarios si no se cumplen los requisitos a tiempo, impactando directamente en la liquidez de las empresas.
Recomendaciones para Cumplir con el Decreto Legislativo N.° 1669
- Automatización de procesos:
Implemente sistemas de gestión contable y fiscal que integren los registros de compras y ventas con el sistema de SUNAT, para garantizar la anotación oportuna de los comprobantes. - Control estricto de plazos:
Establezca un monitoreo mensual de los comprobantes, verificando que se cumplan los tiempos para registrar operaciones electrónicas, físicas y sujetas a detracciones. - Capacitación del personal:
Asegúrese de que su equipo de contabilidad y finanzas comprenda los nuevos requisitos normativos y se mantenga actualizado sobre las disposiciones de SUNAT. - Auditorías internas frecuentes:
Revise periódicamente el Registro de Compras para identificar errores o inconsistencias y corregirlas antes de que se pierdan derechos al crédito fiscal. - Asesoría profesional:
Considere trabajar con expertos tributarios para minimizar riesgos y desarrollar estrategias fiscales adaptadas a su operación.
Con esta normativa, la SUNAT busca mejorar el control y la transparencia en el sistema tributario, pero exige a los contribuyentes una mayor precisión y rapidez en la gestión de sus registros contables. Una adaptación eficiente será clave para evitar pérdidas financieras y sanciones.
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