Novedades Tributarias 2025: Cambios y Oportunidades para los Contribuyentes

  1. La UIT para el ejercicio 2025: S/ 5,350.00

La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es un valor clave en el sistema tributario peruano que afecta el cálculo de impuestos, multas, y deducciones. Para el año 2025, se establece en S/ 5,350.00 según el Decreto Supremo N° 260-2024-EF.
Impacto:

  • Aumenta el límite de ingresos exonerados del impuesto a la renta para trabajadores en planilla y personas naturales.
  • Modifica los rangos de escalas tributarias.
  • Ajusta los topes para acogerse a ciertos regímenes tributarios, como el RER y el Régimen MYPE Tributario.
  1. Nuevo plazo para acogerse a la Ley N° 32220

El Segundo Dispositivo Complementario Final de la Ley N° 32220 otorga un plazo adicional para acogerse desde el 30 de diciembre de 2024 hasta el 28 de febrero de 2025.
Esta medida está orientada a regularizar deudas tributarias o aprovechar beneficios específicos que brinda la ley. Es crucial revisar los requisitos y condiciones antes del vencimiento.

  1. Prórroga para la emisión de Guías de Remisión Electrónicas

Hasta el 30 de junio de 2025, se extiende la facultad discrecional de SUNAT para no sancionar a los contribuyentes que no cumplan con la emisión de guías de remisión electrónicas.
Recomendación:
Aprovechar esta extensión para implementar sistemas de emisión electrónica y cumplir con la normativa, evitando posibles sanciones en el futuro.

  1. Ampliación del uso del SIRE para PRICOS

La obligación de presentar el registro de ventas y compras electrónicas mediante el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) que se encuentren dentro del Regimen General, para los Principales Contribuyentes (PRICOS) se extiende hasta julio de 2025.
Ventaja:
Facilita la transición de registros manuales a electrónicos, mejorando la fiscalización y optimizando la presentación de información a SUNAT.

  1. Declaración Jurada Anual 2024: Cronogramas
  • Plazo regular: Entre el 26 de marzo y el 8 de abril de 2025, según el último dígito del RUC, con una fecha adicional el 9 de abril para casos específicos.
  • Plazo opcional para MYPES: Las MYPES podrán presentar su declaración anual entre el 26 de mayo y el 6 de junio de 2025, según lo estipula la Ley N° 31940.
    Consejo:
    Revisar el cronograma que corresponde a tu empresa para evitar multas por presentación tardía.
  1. Suspensión de retenciones de 4ta categoría

Se proyecta que las rentas de cuarta categoría no serán objeto de retenciones si no superan los S/ 46,813 al año (S/ 3,901 mensuales) en 2025, según la Resolución de SUNAT N° 297-2024.
Implicaciones:
Profesionales independientes podrán beneficiarse de ingresos más líquidos si se mantienen dentro del rango proyectado.

Conclusión

Estas modificaciones representan tanto desafíos como oportunidades para los contribuyentes. Aprovecha las prórrogas y actualizaciones para cumplir con las obligaciones tributarias de manera eficiente. Mantente al día con estas y otras novedades para evitar sanciones y optimizar la gestión fiscal de tu negocio.

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